Ventanilla Única

El Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha dispone de una Ventana Online para iniciar cualquier tipo de trámite que pueda ser de su interés. Mediante dicha ventana nos puede enviar su solicitud y adjuntarnos el formulario correspondiente que podrá encontrar en cada apartado, así como cualquier tipo de de documentación escaneada requerida.

Una vez recibida su solicitud le contestaremos por e-mail para la continuidad de dicho trámite.

Siga los siguientes pasos para iniciar sus trámites con el COPCLM.

Los consumidores y usuarios de servicios psicológicos que deseen formular consultas sobre una actuación profesional pueden dirigirse al Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha, cumplimentando el siguiente formulario y enviándolo a través de nuestra ventana on-line, a través del correo postal, fax o presencialmente en la sede del Colegio. 

Descargar el formulario para cumplimentar y enviar

Las consultas sobre Deontología deben dirigirse a la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha, cumplimentando el siguiente formulario de consultas y enviándolo a través de nuestra ventana on-line, o mediante correo postal, fax o presencialmente en la sede del Colegio.

Descargar el formulario para cumplimentar y enviar

Las denuncias sobre la actuación profesional de colegiados deben dirigirse a la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha, cumplimentando el siguiente formulario y enviándolo a través de nuestra ventana on-line o mediante correo postal, fax o presencialmente en la sede del Colegio.

Las denuncias deberán estar adecuadamente motivadas, haciendo constar la naturaleza del problema, los datos del profesional demandado y la documentación que justifica la interposición de la demanda. Nunca se admitirán denuncias anónimas.

Recibida la denuncia, la Junta de Gobierno puede decidir el sobreseimiento del procedimiento, si no aprecia indicios de infracción del Código Deontológico del Psicólogo, la apertura de un periodo de información reservada, para que la Comisión Deontológica estudie el caso y realice la propuesta que crea conveniente, o la apertura de expediente disciplinario, si observa indicios de infracción del Código Deontológico del Psicólogo. En este último caso, la Comisión Deontológica ejercerá la función instructora, según lo dispuesto en los Estatutos del Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha.

Una vez finalizada la instrucción del procedimiento, la Comisión Deontológica emitirá un informe propuesta a la Junta de Gobierno, proponiendo la sanción que estime oportuna o el archivo del expediente, si no aprecia la existencia de infracción o de responsabilidad en el demandado.

Finalmente, la Junta de Gobierno dictará resolución motivada, que será notificada al interesado para que éste formule cuantas alegaciones estime convenientes.

Rellenar el formulario de denuncia y enviar

Los consumidores y usuarios de servicios psicológicos que deseen intermponer una queja o una reclamación sobre actuaciones profesionales pueden dirigirse al Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha mediante el siguiente formulario, enviándolo a través de nuestra ventana on-line o bien mediante correo postal, fax o presencialmente en la sede del Colegio.

Descargar el formulario para cumplimentar y enviar

Requisitos:

a) Fotocopia u original del Documento Nacional de Identidad.

b) Título original y fotocopia del mismo por ambas caras, o fotocopia del mismo compulsada. En caso de no estar en posesión del título, deberán presentar los resguardos de haberlo solicitado y hoja de calificación de notas, junto con una fotocopia de dichos resguardos y de la hoja (compulsadas).

c) Nombre, número de cuenta, agencia y domicilio completo de la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros donde se desee que pasen los recibos del Colegio.

d) Enviar resguardo de transferencia bancaria por el importe correspondiente de la cuota de inscripción.

e) Rellenar el Formulario de autorización de datos de carácter personal.Puede iniciar su solicitud de alta colegial cumplimentando el formulario de alta adjunto, enviándolo a través de nuestra ventana on-line, y presentar la documentación arriba indicada por correo postal o presencialmente en la sede del Colegio.

NOTA IMPORTANTE: Aquellas personas que en el momento de colegiarse no presenten el titulo original, dispondrán del plazo de seis meses para hacerlo, quedando entre tanto en situación de Colegiación Provisional.

Cuotas
Cuota de Inscripción
– Si perteneces a la última promoción, será de 70 €.
– Los licenciados anteriores a la última promoción deberán abonar 110 €.

Cuota Mensual
Esta cuota es de 17 €, debiendo abonar por adelantado el periodo que va desde el mes de colegiación hasta completar el semestre en que se colegien. Esta cuota se cobrará semestralmente mediante recibos de 102 € (Enero y Julio).

Cuota de traslado
La cuota de traslado al COPCLM asciende a 30 €

Domiciliación
Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha.
La Caixa.
Entidad – Oficina – DC – Núm. de cuenta.
2100-1784-17-0200079783

Descargar el formulario de alta colegial
Descargar el formulario de autorización datos

Las personas interesadas en trasladar su expediente del Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha a otro COP o viceversa, deben cumplimentar el siguiente formulario de consultas y enviarlo a través de nuestra ventana on-line, o mediante correo postal, fax o presencialmente en la sede del Colegio.

Descargar el formulario de solicitud de traslado de expediente

Para solicitar baja colegial es necesario cumplir los siguientes requisitos:

1) Presentar carta motivada de BAJA VOLUNTARIA, especificando en ella el nombre, número de colegiado, fecha de la baja y firma.

2) Entregar el carné de colegiado.

3) La baja colegial sólo es posible tras acreditar el cese del ejercicio profesional. Aportar documentación que acredite el cese de actividades profesionales en el ámbito de la Psicología como, por ejemplo: informe de vida laboral de la Seguridad Social, certificado de Hacienda de baja del Impuesto de Actividades Económicas, carta de despido de la empresa en la que el profesional prestaba servicios como psicólogo, carta de los responsables de la Administración o empresa haciendo constar que no se ejercen funciones como psicólogo, etc.

4) Estar al corriente del pago de las cuotas colegiales. La baja deberá ser comunicada, al menos, con 15 días de antelación al cobro de cada semestre (antes del 15 de Junio y diciembre del año en vigor).

Puede iniciar su solicitud de baja colegial cumplimentando el siguiente formulario de baja y enviándolo a través de nuestra ventana on-line y presentar la documentación arriba indicada por correo postal o presencialmente en la sede del Colegio.

La documentación es requisito esencial para que la baja pueda ser efectivamente tramitada ya que con este procedimiento es posible garantizar a los usuarios que los profesionales que ejercen la Psicología cumplen los requisitos mínimos legales establecidos.

Descargar el formulario de Baja Colegial

La disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, General de Salud Pública reconoce legalmente al Psicólogo General Sanitario la condición de Profesional Sanitario y establece las competencias profesionales en el área de la salud reservadas específicamente al Psicólogo General Sanitario. Regula, asimismo, las vías de acceso al ejercicio de la profesión, mediante la creación del Título oficial de Máster en Psicología General Sanitaria, cuyos planes de estudio deberán ajustarse a las condiciones generales que establezca específicamente el Gobierno, y al que se accederá una vez adquirido el título de Grado en Psicología.

De acuerdo con la normativa estatal, la creación del Registro de Profesionales Sanitarios es obligatoria para los Colegios Profesionales. La obligación se fundamenta como garantía para los profesionales y para las personas atendidas por ellos, en la necesidad de conocer y controlar el ejercicio de actividades que, como las sanitarias, tienen un gran impacto en la salud y bienestar de las personas.

El Ministerio de Sanidad está tramitando un proyecto de Real Decreto por el que se creará y regulará el Registro Nacional  de Profesionales Sanitarios, que pretende un enfoque global del sistema, permitiendo una adecuada planificación de los recursos humanos en el ámbito sanitario. De esta forma, la Administración pedirá a los Colegios Profesionales listados actualizados de los profesionales sanitarios registrados, como requisito imprescindible para su consideración como profesionales sanitarios en la planificación de los recuros humanos en el ámbito sanitario.

Hoy, la incorporación en el Registro de Profesionales Sanitarios en el ámbito de la Psicología corresponde exclusivamente a quienes se encuentren en posesión del Título Oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, tanto el obtenido por la vía PIR, como el obtenido mediante las Disposiciones Transitorias del Real Decreto 2490/1998, y la Orden 1107/2002. Además, la incorporación al Registro de Profesionales Sanitarios corresponderá también a quienes en el futuro se encuentren en posesión del próximo título de Psicólogo General Sanitario, de conformidad con lo regulado por la Ley 33/2011, General de Salud Pública.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos ha formulado alegaciones al mencionado proyecto de Real Decreto por el que se crea y regula el Registro Nacional de Profesionales Sanitarios, en el sentido de que también puedan acceder y permanecer inscritos en dicho Registro los psicólogos a los que se refiere la disposición Adicional Séptima de la Ley General de Salud Públlica, en relación con la Disposición Adicional Sexta de la Ley 5/2011, de 29 de marzo de Economía Social, durante el plazo de tres años desde la entrada en vigor de dicha Ley General de Salud Pública. Os mantendremos informados del contenido final del Real Decreto, que finalmente resulte aprobado.

Los colegiados que cumplan el requisito mencionado pueden realizar su solicitud de inscripción cumplimentando el siguiente formulario de alta, enviándolo a tavés de nuestra ventana on-line, adjuntando copia del Título Oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, o medainte correo postal o presencialmente en la sede del Colegio.

Los colegiados que deseen cursar su baja en el Registro de Profesionales Sanitarios en el ámbito de la Psicología pueden hacerlo igualmente cumplimentando el siguiente formulario de baja, enviándolo a través de nuestra ventana on-line. La baja tendrá efectos inmediatos.

Descargar el formulario de Alta en el Registro de Profesionales Sanitarios 

Descargar el formulario de Baja en el Registro de Profesionales Sanitarios 

Antes de efectuar la inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales, la Sociedad tiene que haber realizado previamente los siguientes pasos:

a) Haber realizado ante notario la escritura pública como Sociedad Profesional.

b) Haber inscrito la sociedad profesional en el Registro Mercantil.

Documentos

a) Original y fotocopia de la escritura de la sociedad profesional.

b) Identificación de los socios, profesionales psicólogos, número de colegiado y Colegio Profesional de pertenencia e identificación de la persona que se encargue de la administración y de la representación de la sociedad.

c) Datos bancarios para domiciliar la cuota correspondiente a las sociedades profesionales.

d) El resguardo acreditativo haber realizado las transferencias correspondientes a la cuota de inscripción y a la parte proporcional de la cuota desde el mes de inscripción hasta completar el semestre en curso.

Puede iniciar su solicitud de inscripción cumplimentando el formulario de alta adjunto y enviándolo a través de nuestra ventana on-line, y presentar la documentación arriba indicada por correo postal o presencialmente en la sede del Colegio.

Cuotas

Las cuotas de inscripción para las Sociedades Profesionales son fijadas anualmente en la Asamblea General del Colegio Oficial de Psicólogos de Castilla-La Mancha. La cuota anual vigente es de 150,00 €, cobrándose semestralmente mediante recibos de 75,00 €, en los meses de enero y julio. La cuota de inscripción está actualmente fijada en 200,00 €. En el momento de la solicitud de incorporación se abonará la cuota de inscripción y la parte proporcional de la cuota desde el mes de inscripción hasta completar el semestre en curso, en la siguiente cuenta bancaria:

Colegio Oficial de Psicólogos de Castilla-La ManchaLa Caixa.
Entidad – Oficina – DC – Núm. de cuenta.
2100-1784-17-0200079783

Descargar el formulario de alta en el Registro de Sociedades Profesionales

Las Sociedades Profesionales pueden solicitar su baja en el Registro de Sociedades Profesionales cuando cese su actividad profesional en el ámbito de la Psicología, conforme a la legislación vigente. En el momento de solicitar su baja colegial deberán aportar el Acta de la disolución de la sociedad en el que se certifica su baja en el Registro Mercantil.

Puede iniciar su solicitud de baja cumplimentando el siguiente formulario de baja y enviándolo a través de nuestra ventana on-line, y enviar la documentación arriba indicada por correo postal o presencialmente en la sede del Colegio.

Descargar el formulario de baja en el Registro de Sociedades Profesionales

Ventanilla online

Nombre(Obligatorio)
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Tipos de archivos aceptados: jpg, png, pdf, Tamaño máximo de archivo: 10 MB.
    Consiento el uso de mis datos personales para recibir publicidad de su entidad.

    MEMORIA Y PRESUPUESTOS.

    Nuestro Colegio edita cada año una Memoria Anual en la que se recogen todas las actividades realizadas, así como las principales magnitudes de sus Presupuestos.

    Año 2022

    Balance de situación 2022

    Cuenta de resultados 2022

    Memoria de actividades de 2022 y Plan de Trabajo de 2023

    Presupuesto COPCLM 2023

    Retribuciones Junta de Gobierno 2022

    Memoria de la Comisión Deontológica 2022

    Año 2021

    Balance de situación 2021

    Cuenta de resultados 2021

    Memoria de actividades de 2021 y Plan de Trabajo de 2022

    Presupuesto COPCLM 2022

    Retribuciones Junta de Gobierno 2021

    ESTRUCTURA.

    ORGANIGRAMA Y JUNTA DE GOBIERNO.

    La organización del trabajo de nuestro Colegio responde a criterios de efectividad y eficiencia y de atención a los servicios que ofrecemos a los colegiados y a los ciudadanos.

    Ver composición de la Junta de Gobierno.

    FUNCIONES.

    El Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha es una Corporación de Derecho Público, amparada por la Constitución, por la Ley 2/74 de 13 de febrero de Creación de Colegios profesionales, y por la Ley 10/99 de 26 de mayo de las Cortes de Castilla-La Mancha sobre la creación de Colegios Profesionales, y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

    Son fines del Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha la ordenación del ejercicio de la profesión psicológica; la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados; vigilar el ejercicio de la profesión, facilitando el conocimiento y cumplimiento de todo tipo de disposiciones legales; promover la constante mejora de las prestaciones profesionales de los colegiados, a través de la formación continuada.

    Asimismo, corresponde al Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha fomentar la promoción y el desarrollo técnico y científico de la profesión; defender los intereses profesionales de los colegiados y sociedades profesionales; colaborar con la Administración en los términos previstos por las Leyes; hacer propuestas para la mejora de los estudios que conducen a la obtención del grado en Psicología; colaborar en la protección de la salud, del bienestar psicológico y de la calidad de vida de la población.

    Las funciones del Colegio vienen reguladas en el Artículo 4 de sus Estatutos.

    ESTATUTOS Y CÓDIGO DEONTOLÓGICO.

    Los Estatutos del Colegio y el Código Deontológico son las normas que regulan el ejercicio y la deontología de la profesión de psicólogo. Estos textos configuran la actividad como una profesión libre e independiente que presta un servicio a la sociedad en interés público y que se ejerce en régimen de libre y leal competencia.

    Ver Estatutos.

    Ver Código Deontológico.

    2023-06-02 XV Jornada Regional Psicología y Sociedad (25)
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