Información importante de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) sobre el sistema VERI*FACTU

Según ha informado la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), próximamente entra en vigor el llamado VERI*FACTU, que establece que los programas de facturación automática que tengamos cumplan determinados requisitos.

Hay dos plazos de entrada en vigor:

– Sociedades: 1 de enero de 2026
– Autónomos: 1 de julio de 2026

Importante:

Novedad: El cambio no nos afecta si emitimos las facturas a mano o si usamos Word o Excel, y estos se usan exclusivamente para:

  • Introducir los datos de las facturas.
  • Expedir e imprimir las facturas.
  • Conservar la información de facturación.

En resumen, si actúan como “máquinas de escribir”, sin procesar otra información, como preparar automáticamente los libros contables se puede usar Word o Excel (este hecho puede ser comprobado por la AEAT).

En el caso de que usemos un programa automático de facturación, caja registradora, etc., debemos adaptarlo a VERI*FACTU, para lo que recomendamos que se pongan en contacto con el proveedor del programa.

Infracciones y sanciones:

Se ha impuesto un severo régimen sancionador de hasta 50.000 euros por año de incumplimiento. Se considera infracción la mera tenencia de un sistema no homologado (los antiguos, por ejemplo, aunque no se usen. Así que deberíamos hacer copia de la base de datos pero asegurarnos que lo desinstalamos de nuestro ordenador).

Cuidado: Si emitimos una factura con sistema VERI*FACTU estamos obligados a emitir todas las de ese ejercicio bajo ese sistema (no se puede llevar de forma dual VERI*FACTU y facturas en papel por ejemplo).

Aclaración: El envío de facturas a administraciones por medio de FACE no son VERI*FACTU, así que no nos obliga a emitir el resto bajo este sistema.

Recordatorio:

La norma relativa a las obligaciones de facturación no ha variado, pero recordamos que es obligatorio emitir factura por todas las operaciones que se realicen, si bien pueden no contener todos los datos del cliente (por ejemplo si desconocemos su DNI o dirección) o del tratamiento concreto.

Por otro lado se espera que las empresas no acogidas a VERI*FACTU sean objetivo de más revisiones fiscales, por lo que deberíamos tener todo claro y en orden para aportar documentos que nos puedan ser requeridos por la AEAT.

2023-06-02 XV Jornada Regional Psicología y Sociedad (25)
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