Este área de trabajo es una de las pocas dentro de la Psicología que ya en sus orígenes aparece regulada por disposición publicada en el BOE. Así, la Orden del Ministerio de la Gobernación (hoy del Interior), de 5 de febrero de 1969, dictaba al amparo del Código de la Circulación, y en desarrollo de la obligación establecida en su art. 264, que para la obtención de un permiso de conducción se requería poseer las debidas aptitudes físicas y psicofísicas, según los casos. En la actualidad las disposiciones que son de aplicación las podemos encontrar en:
BOE-A-2009-9481-Reglamento General Conductores
BOE-A-2010-3471-Nuevo Reglamento Centros de Reconocimiento
BOE A 2010-13946-Disposición del BOE nº 220 referente al reglamento de conductores
A pesar de esto, no hay definidas de forma clara cuáles son las funciones y competencias profesionales, y cuáles las relaciones con otras áreas de la Psicología o con otros colectivos profesionales. Esta falta de definición del rol profesional en la Psicología del Tráfico y de la Seguridad, y concretamente en los Centros de reconocimiento, ha hecho que tengamos muy poco peso como colectivo cara a nuestros empleadores y cercenado la capacidad de influencia en la elaboración de los desarrollos de la normativa que nos afecta.
Por todo lo señalado, es importante realizar un perfil del Psicólogo del Tráfico y de la Seguridad en el que queden recogidas todas las competencias, funciones, actividades y relaciones con otras disciplinas que le sean propias, mostrando así el estado actual donde se encuentra y aquellas posibilidades de desarrollos futuros que están en la base del llamado “modelo español” de intervención en este área de intervención profesional.
El área de Tráfico y seguridad está trabajando, desde el Consejo General de Colegios de Psicólogos y desde los distintos Colegios Profesionales Autonómicos, en la definición y elaboración del perfil profesional del Psicólogo del Tráfico y la Seguridad.
Descargar Cuestionario para los miembros de Grupos de Trabajo.
Descargar Compromiso de confidencialidad del COPCLM.
Descargar Cláusula de Publicación de Imágenes en Página Web y RRSS.
Los objetivos del área de Psicología de Tráfico y de la Seguridad son:
– Informar a los colegiados sobre las nuevas disposiciones legales.
– Actuaciones acerca de la DGT para la formación de los psicólogos de los CRC.
– Creación de grupos de trabajo de los psicólogos interesados en las distintas áreas (tráfico, seguridad, riesgos, etc.).
– Acreditación de los profesionales que actúan en CRC.
– Revisión y adaptación de Protocolo de reconocimiento de conductores y tenentes de armas como existen en otras Comunidades Autónomas.
– Revisión del Protocolo de Reconocimiento de Conductores y tenentes de armas para adaptarlo al resto de usuarios de los Centros de Reconocimiento (patrones de embarcaciones de recreo, pilotos de aeronaves, gruístas, etc.).
– Conseguir el reconocimiento de la profesión del psicólogo que trabaja en Centros de Reconocimiento como profesión sanitaria.
– Crear e impulsar un grupo de Trabajo de Psicología del Tráfico y Seguridad Vial en Castilla-La Mancha.
Responsable: Margarita Velascoín González-Tejero.
Psicóloga. Postgrado en Psico-Oncología. Máster en Psicopatología y Salud. Máster en Atención Temprana y Dificultades del Aprendizaje. Coordinadora del Grupo de Intervención en Emergencias y Catástrofes (GIPEC) de Castilla-La Mancha.
Nº colegiada CM01116
Suplente: Víctor Manuel Aragón Navarro.
Psicólogo. Máster Oficial en Neuropsicología (UOC). Máster Psicología General Sanitaria (UNED). Psicólogo en consulta privada en Albacete y Alzira (Valencia). Psicólogo del Ayuntamiento de Albacete en el Centro de Menores Albaidel. Miembro de la Comisión de Neuropsicología y Envejecimiento del COPCLM. Psicólogo en Proyecto de familias en riesgo de exclusión social en Cruz Roja.
Nº colegiado CM02316
- 27 de enero de 2021
- 07 de abril de 2021