Nuevas ayudas del Gobierno destinadas a los autónomos, para paliar los efectos causados por la pandemia de Covid-19

El Boletín Oficial del Estado publicaba, el pasado 30 de septiembre, el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.

En dicho Decreto-Ley podemos encontrar las especificaciones relativas a las nuevas ayudas destinadas a los trabajadores por cuenta propia en el escenario actual, marcado por las restricciones derivadas de la crisis sanitaria de la covid-19.

Se regulan dos supuestos:

1) Suspensión de actividad

A partir del 1/10/20 los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de una resolución adoptada por la autoridad competente como medida de contención en la propagación del virus COVID-19, tendrán derecho a una prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria en los términos y requisitos que establece el Decreto-Ley.

2) Reducción de ingresos.

A partir del 1 de octubre de 2020, podrán acceder a una prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria los trabajadores autónomos que cumplan los requisitos contemplados en el Decreto-Ley.

En cuanto al derecho a la prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia y prórroga de las prestaciones ya causadas al amparo del artículo 9 del real decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, se establece que los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo a la entrada en vigor de esta norma dicha prestación, podrán continuar percibiéndola hasta el 31 de enero de 2021, siempre que durante el cuarto trimestre del año 2020 mantengan los requisitos que se establecieron para su concesión.

El texto también establece que los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes, basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (fuerza mayor), se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de enero de 2021, y además se  ponen en marcha nuevos ERTES: Expedientes de regulación temporal de empleo por impedimento o limitaciones de actividad, y procedimientos de suspensión y reducción de jornada por causas económicas,

técnicas, organizativas y de producción vinculadas a la COVID-19.

Pulsar aquí para acceder al Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.

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